
Boletín No. 72, Mayo - Agosto, 1998
"En el Perú la situación es difícil y compleja. Hay que reconocer la astucia con que se han preparado las cosas para llegar a la situación actual. Con una política de inestabilidad laboral, donde una gran parte de los médicos y paramédicos están con contratos de corto vencimiento, es muy difícil que se sientan libres para presentar una ‘objeción de conciencia' a una política de población que se impone con fuerza desde las más altas esferas y que se aplica sin escrúpulos, señalando cupos que se deben cumplir. Oponerse a ella es saber que sus contratos no se van a renovar, y el espectro del desempleo — incluso para los profesionales — es un arma demasiado fuerte con la que juega el Estado para avasallar las conciencias.
"Incluso en la nueva Ley de Salud, que desde 1996 reemplaza al Código Sanitario, hay como una velada imposición del Estado cuando dice en el no. XII del Título Preliminar: ‘Las razones de conciencia, o de creencia, no pueden ser invocadas para eximirse de las disposiciones de la Autoridad de Salud, cuando de tal exención se derivan riesgos para la salud de terceros'.
"Bien entendida esa exención, como daño a terceros, sería legítima. Pero, ¿cómo no dudar que el eximirse de la Autoridad de Salud por razones de conciencia o de creencia, si llegaran a producirse, va a ser empleado para cancelar contratos y enviar a los profesionales al paro, ahora que saben que los van a reemplazar?
"No reconocer la ‘objeción de conciencia' equivale — como señala el Papa — a obligar a la persona humana a realizar acciones incompatibles con su dignidad y, por lo tanto, contra su libertad. Merece la pena que aunemos fuerzas y trabajemos para devolver al médico, a la enfermera, el pleno ejercicio de su dignidad."
(Fragmento de la intervención de Mons. Felipe María Zalba, O.P., Prelatura de Chuquibamba, "Objeción de conciencia: Derecho y deber de todo cristiano", durante el I Congreso Internacional en Defensa de la Vida, celebrado en Lima del 13 al 16 de mayo de 1998.)
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