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BOLETÍN ELECTRÓNICO DE VIDA HUMANA INTERNACIONAL (VHI)
SECCIÓN HISPANA DE HUMAN LIFE INTERNATIONAL (HLI)
VOL. 13, NO. 2, 23 DE ABRIL DEL 2008



1. ROMA: FALLECE UN GRAN DEFENSOR DE LA VIDA Y LA FAMILIA.

2. CHILE: ENTREVISTA RADIAL SOBRE LA PÍLDORA “DEL DÍA SIGUIENTE”.

3. LA “PÍLDORA DEL DÍA SIGUIENTE” Y LOS CASOS DE VIOLACIÓN.

4. BOLETINES ANTERIORES: http://www.vidahumana.org/news/prensa_index.html.


1. ROMA: FALLECE UN GRAN DEFENSOR DE LA VIDA Y LA FAMILIA.

S. E. el Cardenal Alfonso López Trujillo, gran defensor de la vida y la familia y gran amigo de VHI, falleció en Roma el 19 de abril del 2008 luego de una larga enfermedad.

El Cardenal Trujillo nació en Colombia el 8 de noviembre de 1935. Fue ordenado sacerdote en 1960. En 1971, fue nombrado Obispo Auxiliar de Bogotá, capital de Colombia, y en 1979, fue nombrado Arzobispo de Medellín, una de las ciudades más importantes de ese país. El 2 de febrero de 1983, el Papa Juan Pablo II lo hizo cardenal, convirtiéndose en el purpurado más joven de toda la Iglesia. Desde 1990, S.E. desempeñó el difícil cargo de Presidente del Pontificio Consejo para la Familia.

Su labor a favor de la vida y la familia fue extensa y muy fructífera. En particular, tuvo una relación muy cercana, de fraternidad y trabajo, con Human Life International y su sección hispana Vida Humana Internacional. Del 14 al 18 de abril de 1993, participó en el XII Congreso Mundial de HLI sobre "El amor, la vida y la familia", que tuvo lugar en Houston, Texas. En esa ocasión celebró la Misa de apertura y dio una charla titulada: "La Iglesia defiende la vida" en el congreso en español que se celebró simultáneamente.

También participó en el I Congreso Internacional por la Vida y la Familia, que se llevó a cabo del 19 al 21 de agosto de 1994. Este multitudinario congreso fue organizado y co-patrocinado por VHI y su afiliada en Santiago, Chile, el Movimiento Anónimo por la Vida (MAV). El Cardenal celebró la Misa inaugural. Además, convocó el I Encuentro Latinoamericano de Movimientos Provida "Los derechos de la familia en el año internacional", el cual también fue organizado por el MAV con la ayuda de VHI y tuvo lugar antes del congreso, los días 15 y 16 de agosto. El Cardenal convocó después el II Encuentro en Luján, Argentina y el III en Mexicali, México.

S.E. también participó en el II Congreso Internacional Hispano por la Vida y la Familia, que fue organizado por VHI y cuyo título fue "La defensa de la vida hacia el tercer milenio". Ese evento tuvo lugar en Houston, Texas, el 18 de abril de 1998. La charla del cardenal se tituló "La defensa de la vida, la gran causa del tercer milenio." Durante el congreso participó en un programa radial en español con la Sra. Magaly Llaguno, Directora Ejecutiva de VHI.

El Padre Thomas J. Euteneuer, Presidente de HLI, expresó: “S.E. fue un gran amigo de HLI. Colaboramos con él en la traducción y publicación del Lexicón de términos ambiguos y debatibles en relación con cuestiones éticas y de vida familiar y hemos distribuido su documento Los valores de la familia contra el ‘sexo seguro’.”

Pedimos a todos que se nos unan en oración por el eterno descanso de este gran hijo de la Iglesia y defensor de la vida y la familia.

Fuentes: “Falleció el Cardenal colombiano Alfonso López Trujillo,” Aciprensa, April 19, 2008, http://www.aciprensa.co. Archivos de VHI.


2. CHILE: ENTREVISTA RADIAL SOBRE LA PÍLDORA “DEL DÍA SIGUIENTE”.

El pasado martes 22 de abril del 2008, Adolfo J. Castañeda, Director de Programas Educativos de VHI, entrevistó a la Sra. Adriana Avendaño, Directora del “Proyecto Esperanza” para la curación postaborto del Movimiento Anónimo por la Vida (MAV), organización que está afiliada a VHI en Chile. La entrevista fue sobre el fallo que emitió ese mismo día el Tribunal Constitucional de ese país acerca de la dañina y abortiva píldora “del día siguiente” (PDD). La entrevista se llevó a cabo en el programa “Defiende la Vida”, que VHI transmite por Radio Católica Mundial (EWTN), todos los martes de 4:00 PM a 5:00 PM (hora de Miami). Para obtener más información acerca de este programa, visite: http://www.ewtn.com/spanish/audiovideo/index.asp#. Para obtener más información sobre el asunto de la PDD en Chile o para conocer más acerca del “Proyecto Esperanza”, visite: http://www.proyectoesperanza.cl.

ADOLFO: Tenemos entendido que el Tribunal Constitucional de Chile ya emitió su fallo respecto de la “píldora del día después” (PDD). Pero, ¿cuándo es que va a emitir ese fallo en forma oficial?

ADRIANA: Justamente hoy martes 22 de abril sale en forma oficial el fallo del Tribunal Constitucional, que prohíbe la distribución de la PDD en consultorios de la red pública de salud, porque esta píldora podría tener efectos abortivos, por lo tanto es inconstitucional para las leyes chilenas.

ADOLFO: ¿Qué dicen las leyes de Chile respecto del aborto?

ADRIANA: Lo primero que el mundo debe saber es que Chile es uno de los tres países, junto con El Salvador y Nicaragua, donde la Constitución y las leyes no permiten el aborto en ninguna de sus formas. Pero está siendo presionado por la comunidad internacional, con la cual Chile ha firmado algunos acuerdos, para que implemente en el área de la salud “los derechos sexuales y reproductivos”. Dentro de ello está la PDD.

ADOLFO: En realidad no hay ningún documento internacional que pueda obligar a ningún país, aunque lo haya firmado, a cambiar sus leyes provida y legalizar el aborto, ya sea que utilice el eufemismo de “salud reproductiva” o cualquier otro para encubrir el aborto. Incluso el documento final de la Conferencia de la ONU en El Cairo en 1994, dice textualmente que “en ningún caso se debe utilizar el aborto como método de planificación familiar”, y anteriormente a esa afirmación había incluido la “planificación familiar” dentro de su definición de “salud reproductiva”. Ante esta realidad, ¿Cómo se explica que a Chile lo estén presionando para que legalice el aborto como si fuese un “derecho reproductivo”?

ADRIANA: La presión abortista contra Chile la está ejerciendo el Comité de la ONU que interpreta e implementa la Convención para la Eliminación de todo tipo de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) de 1979, diciendo que Chile debe respetar y promover la “salud reproductiva” de las mujeres.

ADOLFO: Pero ese documento no dice absolutamente nada acerca de la “salud reproductiva” ni tampoco que “es necesario” legalizar el aborto para promoverla.

ADRIANA: Así es, pero de todas maneras los abortistas están utilizando este documento para presionar a Chile para que cambie sus leyes.

ADOLFO: Explícanos un poco cómo fue que este asunto de la PDD llegó hasta el Tribunal Constitucional de Chile.

ADRIANA: Como en diferentes instancias judiciales la propuesta de la Presidente Bachelet de permitir la distribución gratuita de la PDD en los consultorios públicos fue rechazada, el año pasado ella envío un decreto supremo para poder entregar así las 70.000 dosis de estas pastillas, que había comprado para los consultorios del país donde acude a atenderse la población de más escasos recursos, aduciendo el tema de la “equidad”. Es decir su “argumento” era que la gente que tiene dinero podía comprar la PDD en las farmacias, pero la gente pobre no. Hay que tomar en cuenta que Bachelet ha obligado a las farmacias por medio de multas elevadísimas a vender la PDD. Inclusive, Bachelet ha exigido que la PDD sea entregada a menores de 14 años sin la autorización de los padres. Ello fue denunciado por la Red Provida al grupo de Parlamentarios por la Vida y ellos, a su vez, hicieron la denuncia al Tribunal Constitucional, apelando a que son los padres los primeros responsables de la educación de los hijos y que a la PDD se le considera abortiva, incluso por los mismos fabricantes (en Francia la caja dice que tiene efectos abortivos) y, además, denunciaron que el dispositivo intrauterino “T de cobre” también posee el fármaco Levonorgestrel, que es el mismo componente abortivo de la PDD.

ADOLFO: Además de ello, la agencia del Gobierno de EEUU que se encarga de regular la venta y la comercialización de los fármacos y de los alimentos dice claramente que la PDD, que precisamente está compuesta de Levonorgestrel, puede tener un efecto anti-implantatorio, es decir, abortivo, porque impide que el bebé recién concebido (6 ó 7 días después de la concepción) se implante en el útero de su madre. Pero volviendo al tema del fallo del Tribunal, ¿cuál fue exactamente ese fallo?

ADRIANA: El Tribunal falló a favor de los Parlamentarios por la Vida, pero sólo para la pastilla y no para la “T de cobre”. Pero el Gobierno no quiere aceptar el fallo, que es inapelable, dando una visión distorsionada de la situación, en la cual podemos distinguir tres falsos “argumentos”. Primero, dice que Chile, en el tema de anticoncepción, “ha retrocedido” 40 años; lo que no es verdad, pues (lamentablemente) sólo se prohibió la distribución de la PDD. Segundo, dice que los estudios científicos del Doctor Croxatto muestran que la PDD no es abortiva; pero ello no es cierto tampoco, esos estudios fueron hechos en ratas y se encuentran solamente en su primera etapa de investigación, además, como ya hemos visto, los mismos fabricantes de la PDD admiten su efecto abortivo. Tercero, dice que ahora sólo los “ricos” podrán tener acceso a comprar la pastilla, pues la venderán en las farmacias, pero eso tampoco es verdad, pues si no es constitucional para el sistema público, tampoco lo debe ser para el privado. Este último punto está en este momento como en suspenso, porque no está claro qué va a pasar con las farmacias.

ADOLFO: Me parece que Chile no “retrocedió” lo suficiente, debió haber “retrocedido” mucho más, prohibiendo todo tipo de anticonceptivo, incluyendo todas las píldoras y la “T de cobre”, que es más abortiva que la propia PDD. En cuando al Dr. Croxatto, en nuestro libro La defensa del niño por nacer ante la ‘cultura’ de la muerte, que animo a todos a adquirir de VHI en http://www.vidahumana.org/catalogo/catalogo.html, tenemos una refutación de sus “argumentos” a favor de la PDD. En cuanto a lo de que sólo los ricos la podrán adquirir, estoy plenamente de acuerdo con tu acertada respuesta, sólo añado el comentario de que tal parece que este Gobierno quiere que no sólo los ricos maten a sus hijos y dañen a sus mujeres, sino también los pobres. ¿Qué otro “argumento” está utilizando el Ejecutivo a favor de la PDD?

ADRIANA: El Gobierno también dice que todos los países desarrollados utilizan esta pastilla, pero eso es porque en esos países el aborto está permitido.

ADOLFO: Pero Chile ya es un país desarrollado, no entiendo por qué su actual Gobierno quiere imitar el fracaso de los países “desarrollados” que han cometido el grave error de legalizar el aborto. Chile, ni ningún otro país, necesitan la PDD, la “T de cobre” o el aborto quirúrgico para desarrollarse. La prueba está en que lo ha hecho sin matar a sus hijos y dañar a sus mujeres. Además, desarrollar a un país matando niños y dañando mujeres es abominable. ¿Qué planea hacer el Gobierno ahora?

ADRIANA: Dentro de sus argumentos ahora piensa enviar un proyecto de ley para cambiar la constitución y eso es lo peligroso.


3. LA “PÍLDORA DEL DÍA SIGUIENTE” Y LOS CASOS DE VIOLACIÓN.

HLI y muchas otras organizaciones y personas provida expresan su profunda preocupación por el suministro del fármaco abortivo, que se conoce como “píldora del día siguiente” (PDS) o Plan B (en EEUU), incluyendo los casos de violación. La preocupación responde también a los intentos, por parte del lobby abortista, de obligar a todos los hospitales, incluyendo los católicos, a dispensar la PDS a las víctimas de la violación [1]. El suministro de la PDS es gravemente inmoral por las siguientes razones:

1. No debiera haber ninguna ambigüedad respecto del efecto abortivo de este fármaco. La información que proporciona el propio fabricante, Barr Pharmaceuticals, no deja lugar a duda alguna de que la PDS puede impedir la implantación del recién concebido bebé en el útero de su madre, causando así un aborto temprano. La etiqueta que acompaña esta píldora dice: “Este producto funciona principalmente impidiendo la ovulación. También puede impedir la fertilización [concepción] de un óvulo que ya ha sido liberado [la unión del óvulo y del espermatozoide] o la anidación de un óvulo fertilizado en el útero [implantación]”.

2. La Pontificia Academia para la Vida emitió una Declaración sobre la así llamada “píldora del día siguiente” el 31 de octubre del 2001, en la cual expresa con toda claridad que “desde el punto de vista ético la misma ilicitud absoluta de los procedimientos abortivos aplica a la distribución, receta e ingestión de la píldora del día siguiente. Todos aquellos, ya sea que compartan o no la intención, que directamente cooperen con este procedimiento son también moralmente responsables del mismo”.

3. También se debe observar que la evidencia médica demuestra que las pruebas de embarazo no se pueden usar para arrojar un resultado exacto en cuanto a detectar el momento de la fertilización, sino hasta después de la implantación, cuando el embrión,  es decir, el nuevo ser humano, ya tiene aproximadamente una semana de vida. Ello demuestra que serían necesarias las pruebas de la ovulación. Pero aún éstas presentan graves dificultades, como se deduce de las siguientes observaciones del Dr. John C. Willke, prestigioso líder provida de EEUU y a nivel mundial. Según el Dr. Willke, hay tres posibilidades en el tratamiento de las víctimas de una violación:

a) La víctima no necesitó la PDS, porque era incapaz de quedar embarazada, porque el óvulo no estaba presente. También se sabe que el impacto del trauma impide el embarazo. De hecho, las estadísticas arrojan un porcentaje muy bajo de embarazos en casos de violación. En EEUU, algunos analistas dicen que es alrededor del 5%, pero el Dr. Willke dice que su vasta experiencia investigativa le indica que aún ello es una exageración.

b) La víctima había ovulado, los espermatozoides estaban presentes y la fertilización sí ocurrió. En ese caso, el efecto de las píldoras suministradas sería muy probablemente el de impedir la implantación una semana después, es decir, el de causar un aborto químico.

c) El organismo de la víctima estaba programado para ovular muchas horas o aún días después de la violación. En ese caso, la dosis hormonal posiblemente podría impedir la ovulación y, por consiguiente, también la fertilización, aunque ese efecto ex post facto tampoco se puede verificar definitivamente.

4. Además de ello, aún en el caso de que la prueba de la ovulación haya determinado que ésta no ha ocurrido todavía, queda una grave dificultad. Según el estudio realizado por el Dr. Chris Kahlenborn en el 2003, la píldora anticonceptiva solamente logra detener la ovulación el 50% de las veces. De manera que la fertilización puede ocurrir aún después de que la píldora haya sido suministrada y podría causar un aborto, ya que, además de fallar en detener la ovulación, la píldora debilita la capa que cubre el útero haciendo imposible la implantación, causando así un aborto temprano.

5. Siguiendo a muchos moralistas tradicionales y ortodoxos, es moralmente lícito, en el caso de mujeres violadas, el impedir la concepción por medio un anticonceptivo después del coito, que en circunstancias normales sería gravemente inmoral y pecaminoso. Siguiendo a Noldin-Schmitt [2], a Zalba [3] y a Fernández [4], debemos considerar que es lícito para una mujer el buscar un remedio a la violación sufrida primero por medio de lo que antes se conocía como el “lavado” de todas sus partes íntimas. De la misma manera también parece razonable el uso de productos para destruir los espermatozoides [4]. Evidentemente, estos medios serían lícitos solamente si no hay ningún tipo de riesgo de causar un aborto, como correctamente enfatiza Zalba, lo cual no es el caso de la PDS o el Plan B.

Se trata de un serio problema y debemos esperar en oración por la decisión que tome la Congregación para la Doctrina de la Fe del Vaticano.

Este artículo es una adaptación de un documento un poco más extenso que nos envió Mons. Ignacio Barreiro Carámbula, Director de la Oficina de HLI en Roma, a quien agradecemos profundamente sus observaciones. Como ya se vio, también le añadimos las pertinentes observaciones del Dr. Willke, a quien también agradecemos su colaboración.

Notas:

[1]. Véase, por ejemplo, “State Senate to Hold Final Vote This Coming Tuesday 2/26/08 on ‘Chemical Abortion Mandate’”, PharmFacts E-News Update – 21 Feb 2008 #2, Phamacists for Life International.

[2]. H. Noldin, S.J., and A. Schmnitt, S.J., De Sexto Praecepto e de Usu Matrimonii, Editio XXXI, Feliciani Rauch, Oeniponte/Lipsiae, 1940, p. 72.

[3]. Marcellinus Zalba, SJ, Theologiae Moralis Summa, v. II, BAC, Madrid, 1967, p. 147.

[4]. Aurelio Fernández, Violación in Diccionario de Teología Moral, Monte Carmelo, 2005, pp. 1246-1247.


4. BOLETINES ANTERIORES: http://www.vidahumana.org/news/prensa_index.html.


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