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BOLETÍN ELECTRÓNICO DE VIDA HUMANA INTERNACIONAL (VHI)
SECCIÓN HISPANA DE HUMAN LIFE INTERNATIONAL (HLI)
 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2006, VOL. 11. NO. 3.

1. ECUADOR: EL CONGRESO APRUEBA DOCUMENTO ANTIVIDA.


2. ECUADOR: OBISPOS SE PRONUNCIAN CONTRA DOCUMENTO ANTIVIDA.

 

3. ARGENTINA: NUEVO PROYECTO DE LEY PARA DESPENALIZAR EL ABORTO.

 

4. BOLIVIA: INSTITUTO DE BIOÉTICA RECHAZA LA PÍLDORA "DEL DÍA SIGUIENTE".

 

5. EEUU: LOS NIÑOS POR NACER DE DAKOTA DEL SUR ESTÁN EN PELIGRO.

 

6. LA DEFENSA LEGAL DEL SER HUMANO CONCEBIDO.

 

7. BOLETINES ANTERIORES: http://www.vidahumana.org/news/prensa_index.html.

 

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1. ECUADOR: EL CONGRESO APRUEBA DOCUMENTO ANTIVIDA.

 

El día de hoy [19 de septiembre del 2006], el Congreso Nacional del Ecuador ha APROBADO, en segunda instancia y de forma definitiva, en el marco de la Ley del nuevo Código de salud, el capítulo 3, que trata sobre la salud sexual y salud reproductiva como política de salud pública en el Ecuador. Por tratarse de una ley orgánica, la misma está por encima de cualquier otra legislación del país, excepto la Constitución.

 

Las implicaciones de esta ley son muy graves. Entre los puntos inconstitucionales que se acaban de aprobar están:

 

-- El uso de anticonceptivos por parte de adolescentes sin necesidad del consentimiento de los padres de familia.

 

-- La OBLIGATORIEDAD que tienen los médicos, sin derecho a la objeción de conciencia, de practicar abortos, bajo el amparo de “emergencias obstétricas”. [Nota de VHI: para conocer la diferencia entre el mal llamado y falso aborto “terapéutico” y el aborto indirecto, véase, en el portal de VHI, http://www.vidahumana.org, el artículo que se encuentra en el siguiente enlace: http://www.vidahumana.org/temas/peligro-madre.html.]

 

-- El carácter OBLIGATORIO de la “educación” sexual y reproductiva en los colegios, que impondrá un consejo de salud sexual, que estará conformado básicamente por organizaciones de género (grupos de feministas pro aborto y grupos a favor del homosexualismo).

 

-- El “derecho a decidir” tener o no tener hijos, es decir, ABORTAR.

 

No nos oponemos a una educación sexual integral, nos oponemos a esta “educación” sexual hedonista, inmoral, pro aborto, antinatalista, que induce a nuestros hijos a la fornicación y al homosexualismo, que atenta contra nuestro derecho como padres y que acaba con la familia.

 

Opinamos que el señor Presidente de la República debe vetar este proyecto de ley, porque opinamos que es INCONSTITUCIONAL.

 

Amparo Medina

ACCIÓN PROVIDA

redprovida@hotmail.com

 

Acción Provida es una organización que está afiliada a VHI en el Ecuador.

 

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2. ECUADOR: OBISPOS SE PRONUNCIAN CONTRA DOCUMENTO ANTIVIDA.

 

Rechazo a la aprobación de algunos artículos en el nuevo Código de Salud

 

El Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal ha recibido con sorpresa y pesar la noticia de la aprobación por parte del Congreso Nacional de algunos artículos sumamente inconvenientes en el nuevo Código de Salud.

 

Advierte un ataque a la familia al facilitar el uso de anticonceptivos a los adolescentes con independencia de sus padres. Cuestiona el derecho a decidir “tener o no tener hijos”, sin mayores precisiones y dejando por tanto la puerta abierta a la legalización del aborto.  Lamenta la violencia que se quiere ejercer sobre la conciencia de los médicos al exigirles practicar abortos en determinadas circunstancias.  En este contexto ve poco confiable el consejo de salud sexual que se quiere integrar en los centros educativos.

 

A reserva de una declaración más amplia, después de conocer con exactitud los alcances de la ley aprobada, el Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana alerta a los padres de familia y educadores sobre el atentado a la buena salud integral de las familias y de la sociedad ecuatoriana, perpetrado por un Congreso Nacional conformado con una mayoría de suplentes que se ve desconocen pasos ya dados en la tramitación de esta ley.

 

Quito, septiembre 21 del 2006

 

Secretaría General de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana

 

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3. ARGENTINA: NUEVO PROYECTO DE LEY PARA DESPENALIZAR EL ABORTO.

 

Buenos Aires, 17/9/06 (SEVI).- En medio de una intensa campaña mediática en favor de la despenalización del aborto, ha tomado estado parlamentario un nuevo proyecto en el Congreso Argentino.

 

Se trata del proyecto de ley del Dip. Acuña Kunz, presentado el 7 de septiembre, que propone el aborto como un derecho hasta las primeras 12 semanas de gestación y hasta el nacimiento en caso de riesgo de vida de la madre, malformaciones o violación.

 

En efecto, el art. 1 del proyecto dice: “toda mujer tiene derecho a la interrupción de su embarazo sin restricciones causales durante las primeras doce semanas y a partir de las doce semanas en cualquier momento si estuviera en riesgo la vida de la mujer, si existen malformaciones congénitas o genéticas incompatibles con la vida del feto, o si el embarazo fuera producto de un acto delictivo” (expte. 5225-D-06).

 

Este proyecto viene a sumarse a otros que ya tienen estado parlamentario y que revelan la intensa campaña existente en la Argentina en favor de la despenalización del aborto (ver gacetilla 164/06). Estas iniciativas son claramente inconstitucionales, porque suponen la violación del derecho a la vida de la persona por nacer. Además, afectan la dignidad de la persona y la familia, introduciendo en la convivencia humana dinamismos de exclusión social y nuevas formas de discriminación.

 

Fuente: FUNDAR, Servicio a la Vida, Gacetilla 184/06. “Servicio a la Vida” es un boletín periódico de noticias sobre la vida y la familia que estimamos es de su interés. Si desea suscribirse sin cargo, le rogamos nos escriba a: sevi@movimientofundar.org.

 

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4. BOLIVIA: INSTITUTO DE BIOÉTICA RECHAZA LA PÍLDORA "DEL DÍA SIGUIENTE".

 

Ante las informaciones de que se está comercializando en nuestro país la píldora “del día siguiente”, el Instituto de Bioética de la Universidad Católica Boliviana y el Apostolado de la Nueva Evangelización ANEPROVIDA, organización que está afiliada a Vida Humana Internacional, nos vemos en la obligación de manifestar lo siguiente:

 

1. La píldora “del día siguiente” es potencialmente abortiva, ya que tiene al menos estos efectos:

 

-- Si la mujer no ha ovulado es probable que impida la ovulación. Pero si ya ha ovulado puede producirse la fertilización.

 

-- En caso de que se produzca la fertilización, la píldora causa el retraso de la movilidad del embrión humano recién concebido a través de la trompa uterina, lo cual hace que éste pierda vitalidad.

 

-- También altera el endometrio, o sea la mucosa del útero, impidiendo así la implantación de embrión.

 

Estos dos últimos posibles efectos muestran que la píldora “del día después” es potencialmente abortiva.

 

2. Por ser potencialmente abortiva, la píldora “del día siguiente” viola el derecho a la vida de la niña o del niño no nacido desde la concepción, tal como reconoce el Código del Niño, Niña y Adolescente (artículo 2º).

 

3. La píldora “del día siguiente”, por contener dosis altas de hormonas anticonceptivas, puede dañar gravemente la salud de las mujeres que la toman, causando trombosis o favoreciendo el cáncer.

 

4. La facilitación de píldoras “del día siguiente” deteriora cada vez más la moral de la población, particularmente la de los adolescentes, quienes piensan que pueden tener relaciones sexuales, incluso promiscuas, utilizando anticonceptivos y, en último término, la “anticoncepción de emergencia”, sin que haya consecuencias de embarazo. De esta manera se fomenta la promiscuidad sexual y la infidelidad conyugal.

 

5. Por todo ello hacemos un llamado a la población para que denuncie la venta ilegal de las píldoras “del día siguiente”. Asimismo urgimos a las autoridades políticas y sanitarias para que prohíban su comercialización y sancionen a sus transgresores, sean empresas distribuidoras o farmacias.

 

Dr. Miguel Manzanera, SJ

Director del Instituto de Bioética de la Universidad Católica Boliviana

aneprovida_bolivia@yahoo.com

 

Ing. Mario Rojas Saavedra

Director Ejecutivo de ANE PROVIDA BOLIVIA

Organización afiliada a VHI en Bolivia

Jmrojas_98@yahoo.com

 

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5. EEUU: LOS NIÑOS POR NACER DE DAKOTA DEL SUR ESTÁN EN PELIGRO.

 

A continuación reproducimos una traducción-resumen del artículo de un líder provida de EEUU. Creemos que las opiniones e informaciones que contiene son de gran importancia y por ello hemos decidido compartirlas con nuestros lectores.

 

David Bereit

 

Hace unos meses, la Legistura del Estado de Dakota del Sur, EEUU, aprobó un  proyecto de ley que prohibe el aborto. Inspirados en ello, otros doce estados comenzaron a preparar proyectos de ley similares. Comenzó a difundirse por todo el país un renovado sentido de esperanza.

 

Pero ahora la prohibición del aborto en Dakota del Sur se encuentra en grave peligro de ser anulada. La organización abortista Planned Parenthood (Paternidad Planificada), asociación miembro en EEUU de la internacional abortista IPPF\Región del Hemisferio Occidental, está dicidida a anular la prohibición de este crimen y quiere destruir también las esperanzas de prohibiciones similares en otros doce estados. Si lo logra, matará a más de 250.000 niños inocentes en sus centros abortivos a través del país durante el próximo año.

 

Paternidad Planificada ha lanzado una furiosa campaña sin precedentes, cuyo costo es de $8 millones y que consiste en un bombardeo de mensajes a través de los medios de comunicación de Dakota del Sur. La cadena abortista ha traído a empleados suyos de todo el país a ese estado, para recoger firmas a favor de una petición, cuyo fin es   someter la ley que prohibe el aborto en Dakota del Sur a un referéndum. A pesar de las muy difundidas declaraciones de que hubo fraude en la recogida de firmas y de una investigación en curso, los activistas a favor del aborto recogieron suficientes firmas, para lograr que el referéndum se lleve a cabo el próximo 7 de noviembre del 2006. Como la inmensa mayoría del pueblo de Dakota del Sur es provida, el contenido de los mensajes de la campaña de Paternidad Planificada y sus aliados tiene por objeto distorcionar y desacreditar la ley que prohibe el aborto, tildándola de “extremista”, y de esa manera lograr que los electores voten en contra de ella.

 

Paternidad Planificada está invirtiendo todos sus esfuerzos en ese estado, porque sabe muy bien que no se trata solamente de Dakota del Sur. Esta crucial batalla tiene enormes implicaciones nacionales e internacionales. Determinará el destino de millones de niños inocentes y sus mamás en ese estado, en toda la nación y en todo el mundo. También determinará el destino del negocio del aborto en EEUU.

 

Los legisladores de Dakota del Sur estudiaron muy bien la situación antes de aprobar esta valiente prohibición del aborto. Su diligencia dió como resultado una ley que tiene el potencial de enfrentar directamente, y aún de anular, el trágico fallo Roe v Wade, que el Tribunal Supremo de EEUU emitió en 1973 y cuyo efecto fue la imposición legal del aborto en todos los 50 estados de la nación. Ese fallo es el responsable de la muerte, hasta la fecha, de más de 47 millones de seres humanos inocentes por medio del aborto quirúrgico.

 

La Legislatura de Dakota del Sur designó un Grupo de Trabajo que se encargó de investigar los efectos del aborto en EEUU durante los últimos 33 años, es decir, desde el fatídico fallo de 1973 hasta el presente. Al final de la investigación, los resultados fueron condensados en un informe de 72 páginas. Este informe es inédito en cuanto a la trágica historia del aborto en EEUU. Las personas interesadas pueden bajarlo (está en inglés) del siguiente enlace: http://www.voteyesforlife.com/docs/Task_Force_Report.pdf.

 

El Grupo de Trabajo de Dakota del Sur llegó a dos conclusiones incontrovertibles: (1) El aborto le pone fin a la vida de un ser humano viviente y distinto de su madre. Este hecho es científicamente demostrable por medio de la evidencia que proporciona el ADN de este nuevo individuo, así como de la investigación que proviene del campo de la biología molecular. (2) El aborto daña a las mujeres, causándoles lesiones físicas, mentales, emocionales y espirituales que pueden ser devastadoras.

 

La evidencia fue tan clara y contundente que las dos terceras partes de la Legislatura de Dakota del Sur –una amplia mayoría bipartidista—aprobó la prohibición del aborto y el Gobernador de ese estado, Mike Rounds, firmó el proyecto convirtiéndolo en ley. Esa evidencia hizo que por lo menos otros doce estados comenzaran a realizar las gestiones pertinentes, para establecer prohibiciones similares a la de Dakota del Sur.

 

El texto del fallo Roe v. Wade dice con toda claridad: “Si se logra establecer [como un hecho] el estatuto de persona [del no nacido], el caso apelante, por supuesto, colapsa, porque entonces el derecho a la vida del feto estaría garantizado...”

 

Cuando la prohibición del aborto fue aprobada en Dakota del Sur, Paternidad Planificada se dio cuenta enseguida de que un reto legal a la ley actual que permite el aborto en EEUU resultaría en la anulación del fallo Roe v. Wade. Y ello, a su vez, significaría el fin de su imperio abortista de 100 millones de dólares anuales. Por ello es que, en vez de involucrarse en un litigio contra la prohibición del aborto de Dakota del Sur ante los tribunales, Paternidad Planificada decidió una forma más radical y arriesgada de enfrentar dicha prohibición: someter la ley de ese estado a un referéndum.

 

El noble pueblo de Dakota del Sur ha organizado un excelente equipo para realizar una campaña provida que se llama VoteYesForLife.com. Este equipo ya está trabajando 24 horas al día. Sin embargo, en comparación con Paternidad Planificada y sus aliados abortistas, los recursos de este equipo son muy limitados. En contraste con los $8 millones que está costando la campaña de Paternidad Planificada, lo que ha recaudado hasta ahora la campaña provida no llega a $1 millón. Esta lucha es verdaderamente un enfrentamiento entre David y Goliat. El equipo provida de Dakota del Sur necesita imprimir afiches, folletos y pegatinas para los automóbiles; necesita divulgar anuncios provida por televisión, radio y prensa; necesita instalar computadoras, faxes y líneas telefónicas; necesita gasolina para transportar a las personas a votar, etc.

 

Las personas que están interesadas en obtener más información acerca de esta crucial batalla, en la que está en juego la vida de los niños y las niñas por nacer de Dakota del Sur, de EEUU y de todo el mundo, pueden accesar: www.VoteYesForLife.com, llamar al (605) 271-3975, o escribir a: 600 N. Western Avenue, Sioux Falls, SD 57104, USA.

 

Oremos por Dakota del Sur.

 

David Bereit es el Director Ejecutivo de la American Life League (“Liga Provida de EEUU”).

 

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6. LA DEFENSA LEGAL DEL SER HUMANO CONCEBIDO.

 

Lcda Marlene Gillette

 

Este artículo es un extracto de un ensayo de bioética escrito en agosto del 2006 por la Lcda Marlene Gillette Ibern, abogada de Puerto Rico y colaboradora de VHI.

 

Los mandatarios y los legisladores en una nación tienen una muy grave responsibilidad en cuanto a la defensa de la vida humana concebida, particularmente aquellos que son católicos.

 

“…La libertad política no está ni puede estar basada en la idea relativista según la cual todas las concepciones sobre el bien del hombre son igualmente verdaderas….(La) democracia….sólo se hace posible en la medida en que se funda sobre una recta concepción de la persona….”[1]

 

“Cuando la acción política tiene que ver con principios morales que no admiten derogaciones, excepciones o compromiso alguno, es cuando el empeño de los católicos se hace más evidente y cargado de responsabilidad…(porque se trata de) exigencias éticas fundamentales e irrenunciables…”[2]

 

Es claro que toda medida del gobierno en cuanto a la persona tiene que fundamentarse en su derecho inherente a la vida. Los mandatarios y los legisladores no pueden guardar silencio en cuanto a la rectitud de una medida a favor de la dignidad de la vida humana concebida, y ni siquiera pedir una votación sobre este asunto, para que se decida en base a un voto de la mayoría entre los electores de la nación. La verdad sobre la personalidad del ser humano concebido en la biología, la filosofía y la teología no va a cambiar.

 

Por lo tanto, la defensa de la vida del ser humano concebido nunca puede estar sujeta a votación. Hacer lo contrario sería distorsionar irreparablemente el concepto de la dignidad personal en la ley de una nación con trágicas consecuencias.

 

Han surgido graves problemas en cuanto a la consideración de medidas legislativas que tratan el aborto de distintas maneras. Los mandatarios y los legisladores tienen que pronunciarse a favor o en contra de estas medidas legislativas. El Papa Juan Pablo II, atento a este problema, se pronunció sobre este asunto:

 

“Un problema concreto de conciencia podría darse en los casos en que un voto parlamentario resultase determinante para favorecer una ley más restrictiva, es decir, dirigida a restringir el número de abortos autorizados, como alternativa a otra ley más permisiva ya en vigor o en fase de votación….En el caso expuesto, cuando no sea posible evitar o abrogar completamente una ley abortista, un parlamentario, cuya absoluta oposición personal al aborto sea clara y notoria a todos, puede lícitamemte ofrecer su apoyo a propuestas encaminadas a limitar los daños de esa ley y disminuir así los efectos negativos en el ámbito de la cultura y de la moralidad pública. En efecto,

obrando de este modo no se presta una colaboración ilícita a una ley injusta; antes bien se realiza un intento legítimo y obligado de limitar sus aspectos inocuos” [3].

 

Para ofrecer una guía al mandatario y a los legisladores católicos en cuanto a la aplicación de esta regla, se pueden examinar varios escenarios:

 

-- Primer escenario:  En algunas naciones, habrá una ley en contra del aborto. Puede darse que se proponga una medida legislativa que permite el aborto bajo algunas circunstancias. El texto de la medida legislativa diría: “Se permite el aborto terapéutico”. En este caso, el legislador no puede votar a favor de la medida legislativa porque está legislando en contra de la vida humana concebida; y de igual manera el mandatario no puede dar su apoyo a dicha medida legislativa.

 

-- Segundo escenario: En otras naciones habrá una ley en contra del aborto. Puede darse que se proponga una medida legislativa que permita el aborto bajo todas las circunstancias cuyo texto dice: “Se permite el aborto”. Y entonces se le propone al parlamentario que, para lograr un acuerdo, se presentará una medida legislativa alterna que permita el aborto solamente bajo algunas circunstancias cuyo texto dice: “Se permite el aborto terapéutico”. El legislador no puede dar su voto a ninguna de las

medidas, ni siquiera para aquella que aparenta ser de menor efecto negativo.

 

Tampoco puede el mandatario dar su apoyo a ninguna de las medidas. Es posible que con los votos restantes se apruebe una de las medidas, pero es también posible que ninguna de las medidas sean aprobadas.

 

-- Tercer escenario:  En otras naciones habrá una ley a favor del aborto. Puede darse que se proponga una medida legislativa que elimine algunas de las circunstancias bajo las cuales se permite el aborto. El texto de la medida legislativa  dice: “No se permite el aborto terapéutico”. En este caso, el legislador puede votar a favor de esta medida legislativa que busca eliminar algunas de las circunstancias en que se permite el aborto, porque está legislando a favor de la vida. Se puede dar apoyo a este tipo de medida legislativa porque el texto se circunscribe a eliminar esas circunstancias delineadas. Y el mandatario puede expresarse a favor de la medida legislativa, porque se trata de una medida que le brindará mayor respeto a la vida humana concebida en esa nación.

 

-- Cuarto escenario: En otras naciones habrá una ley a favor del aborto. Puede darse que se proponga una medida legislativa que elimine algunas circunstancias bajo las cuales se permite el aborto. El texto de la medida legislativa dice” ‘El aborto es un derecho excepto en el caso del aborto terapéutico’. En este caso, el legislador no puede votar a favor de la medida legislativa, aunque busque eliminar algunas de las circunstancias bajo las cuales se permita, porque se está legislando en parte a favor del aborto. De otra manera, el legislador quedaría amarrado a una premisa legal en contra de la vida humana concebida. De igual manera, el mandatario tampoco puede apoyar dicha medida legislativa.

 

El principio que tiene que encauzar al mandatario y al legislador es que se apruebe únicamente legislación a favor de la vida. No se puede apoyar una medida legislativa cuyo texto esté a favor del aborto, aunque fuese en términos generales. El mandatario y el legislador, aunque tengan la intención de evitar un mal mayor, nunca pueden apoyar una legislación que permita el aborto, ni siquiera cuando se trate de medidas más restrictivas, si el texto de esa medida legislativa es contrario a la vida.

 

Hoy en día se proponen medidas legislativas que exigen el cumplimiento de ciertos requisitos, para hacer más difícil el acceso al aborto en una nación donde desgraciadamente el aborto ya es legal y cuando en ese momento no hay manera de lograr una ley que proteja a los niños no nacidos del aborto en todos los casos y sin excepción. Este tipo de medidas legislativas que dificultan el aborto es moralmente aceptable si su texto legal es tal que no implica una aceptación, implícita o explícita, de la legalización del aborto. Existen varias medidas legislativas de este tipo, como los períodos de espera luego de solicitar un aborto; el proporcionar información sobre el desarrollo fetal; el permiso de los padres en casos de menores de edad que solicitan un aborto; la consejería obligatoria sobre los daños físicos y mentales para una mujer luego de un aborto; y otras medidas similares. Además de ello, los legisladores provida tienen que asegurarse que los demás legisladores y el público en general sepan que ellos no aceptan la legalización del aborto en ningún caso, y que seguirán trabajando para ese fin. Ahora bien, si el tono del texto es tal que implica la acceptación, implícita o explícita del aborto legal, entonces ya no sería moralmente aceptable, porque la cultura y la mentalidad en esa nación seguirían favoreciendo el aborto.

 

Por otro lado, en lugar de esperar a que se propongan medidas legislativas en contra de la vida humana concebida, el mandatario puede solicitar, y el legislador puede presentar, medidas legislativas que defienden este derecho a la vida. Y realmente, ello es un deber moral. Aún si fracasara dicha medida propuesta a favor de la vida, se educa al pueblo sobre este asunto. Y quizás en un futuro se consiga esa defensa legal en la nación, por encima de todos los obstáculos y predicciones al contrario. El líder politico está en una posición única para dar ese primer paso, que es el más importante:

 

“….(E)s útil volver al ejemplo de Santo Tomás Moro que se distinguió por la constante fidelidad a las autoridades y a las instituciones legítimas, precisamente porque en las mismas quería servir no al poder, sino al supremo ideal de la justicia. Su vida nos enseña que el gobierno es, primero que todo, ejercicio de virtudes. Convencido de este riguroso imperativo moral….puso su actividad pública al servicio de la persona….”[4]

 

“Santo Tomás Moro aparece como modelo ejemplar de…unidad de vida” [5].

 

Fuentes citadas:

 

[1]. Humanae Vitae; Papa Pablo VI; secciones 14, 23; Ciudad Vaticano; 1968.

[2]. Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política; Capítulo 2, secciones 3-4; Congregación para la Doctrina de la Fe; Ciudad Vaticano; 2003.

[3].  Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política; Capítulo 2, sección 4; Congregación para la Doctrina de la Fe; Ciudad Vaticano; 2003.

[4]. Evangelium Vitae; Papa Juan Pablo II; sección 73; Ciudad Vaticano; 1995.

[5]. Evangelium Vitae 73 and the Supreme Principle of Morals; Lcdo Michael Baker; Australia; 2003; http://www.superflumina.org.

 

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