Quo vadis Nicaragua?
("¿A dónde vas Nicaragua?")

Por el Padre Ariel Ortega Gasteazoro



El día de hoy, leyendo el excelente artículo de don Edgar Solórzano: "Condenable apertura al aborto", publicado en la primera plana de La Tribuna (Domingo 9-abril-2000; Año VII, Nº 2419), me ha sido imposible el sustraerme a la pregunta: ¿Qué está pasando en nuestro País? ¿Qué está ocurriendo en las Instituciones del Estado que se presentan como incoherentes entre sí? ¿Qué está ocasionando que algunos de nuestros Legisladores, irrespetando la voluntad de nuestro pueblo -mayoritariamente cristiano y desbordantemente amante y defensor de la vida- pretenda despenalizar "el abominable crimen del aborto"?¿Se habrán olvidado que son "representantes" del pueblo y, por lo tanto, deben adecuar su actuación a la voluntad del mismo?¿Qué insensata tendencia les lleva a ignorar la Constitución de la República y las propias limitaciones a nuestra soberanía expresados en nuestros Tratados Internacionales vigentes?¿Qué maligna influencia inspira a quienes pretenden convertir a la mujer en la asesina de su propio hijo por nacer?

A.- ASPECTOS JURÍDICOS:

En efecto, no han pasado muchos días, cuando el Gobierno de la República, al despuntar este Año 2000, emanaba el Decreto Nº 10-2000, que en su Artículo Primero declaraba el día 25 de marzo de cada año como "Día Nacional del Niño por Nacer", recién celebrado la semana antepasada.

Dicho Decreto (publicado en La Gaceta, Diario Oficial, Nº 21, del día Lunes 31 de Enero del 2000, página 486.), que es Ley vigente en nuestra República, estaba acompañado de cinco bellos considerandos, muestra de la más pura sensibilidad en respeto promoción y protección a los Derechos Humanos, jurídicamente justificaba el decreto recordando el Derecho Internacional, nuestra propia Constitución Política y nuestras Leyes vigentes referentes al Derecho a la Vida, que es inviolable e inherente a la persona humana (Considerando I).

Y que en su Considerando IV, literalmente expresa: "Que la legislación nacional dispone que la existencia natural de las personas comienza desde su concepción en el seno materno y, en consecuencia, deben ser protegidas por el Estado a travéz de políticas que permitan su nacimiento, supervivencia, desarrollo integral y armonioso en condiciones de una existencia digna."

Digo, si tan recientemente un Poder del Estado legisla, como es su deber y obligación, en favor de la vida, ¿Qué nefasta ruptura orgánica permite que otro Poder, el que Constitucionalmente -respetuoso de la voluntad del pueblo-, debedía ser el especializado en reconocer, defender y proteger la vida mediante Leyes adecuadas se empeñe en legislar en contra de la vida y a favor de la muerte?¿No perciben que, incluso formalmente, en la más pura línea kelseniana, esta "despenalización del aborto" sería inconstitucional y, por ende, automáticamente recurrible de Ampara ante las distintas Cortes Supremas de Justicia, tanto la Nacional como las supra-nacionales? A la primera, por violar nuestra Constitución; a las otras, por violar los Tratados Internacionales.

Creo que, para finalizar esta parte, estrictamente jurídica, vale la pena el reproducir los Considerandos del Decreto Nº 10-2000:

"CONSIDERANDO:

"I.- Que la Constitución Política de la República de Nicaragua, en su Artículo 23 declara que el derecho a la vida es inviolable e inherente a la persona humana y el Artículo 74 establece que el Estado otorga protección especial al proceso de reproducción humana, haciéndolo extensivo a la mujer durante el embarazo.

"II.- Que Nicaragua como Estado respetuoso del derecho internacional y de los compromisos adquiridos bajo el mismo, mediante el Artículo 5 Cn., se adhiere a los principios que conforman el Derecho Internacional Americano reconocido y ratificado soberanemente y, por lo tanto, garantiza que toda persona tiene derecho a que se respete su vida.

"III.- Que la vida humana necesita de cuidado y protección especiales, tanto antes como después del nacimiento, y que el Estado reconoce como una de sus prioridades velar por el desarrollo integral de las personas por nacer.

"IV.- Que la legislación nacional dispone que la existencia natural de las personas comienza desde su concepción en el seno materno y, en consecuencia, deben ser protegidas por el Estado a travéz de políticas que permitan su nacimiento, supervivencia, desarrollo integral y armonioso en condiciones de una existencia digna.

"V.- Que el derecho a la vida, inherente a cada uno de los habitantes de la Nación y del mundo, constituye el eje principal de los derechos humanos y por tanto, merece de la decidida atención del Estado, sus instituciones y de toda la sociedad nicaragüense."

B.- ASPECTOS MORALES:

Mi doble condición de Abogado y Sacerdote me obliga a referirme ahora a los aspectos morales involucrados, a la luz de la Doctrina de nuestra Conferencia Episcopal contenida en sus Documentos y consultable en la página web (web site) de la misma Conferencia (http://www.com.ni/~cen).

En efecto, a mediados del año pasado, en los numerales 73 y 74 de su "Mensaje de los Obispos de Nicaragua con ocasión de la solemnidad de la Asunción de la Bienaventurada Siempre Virgen María (15 de agosto de 1999), quienes ejercen la función de Apóstoles para nuestra Nación, literalmente nos decían:

a) Negación a la vida y el aborto

"Los Obispos de Nicaragua sabemos que nos encontramos ‘ante una sociedad moralmente enferma', en donde se aprecian más los bienes materiales que la vida humana. La falta de respeto al niño no nacido es un espejo de la condición del hombre de nuestro mundo. En cada uno de los niños muertos antes de nacer se pone en cuestión el valor de la vida de todos, también la de los adultos.

"En una sociedad desmoralizada se justifica, se legaliza y practica el abominable crimen del aborto; se alzan voces a favor de la legalización de la eutanasia; se siguen eliminando vidas humanas y cometiendo atropellos a las personas por el persistente execrable cáncer de la violencia terrorista, el ignominioso e incalificable tráfico de drogas y su degradante consumo. Los Obispos de Nicaragua no deseamos que nuestra querida Patria se enrumbe por esos suicidas derroteros."

En efecto, si el mal es "moral" la cura a dicho mal también tiene que ser "moral", y a esa "medicina moral" los cristianos la llamamos: "conversión".

2 - LA CONVERSIÓN

Nosotros confiamos en que los nicaragüenses, sean creyentes o no, se den cuenta plenamente de la necesidad urgente de un cambio en el País que se inicie como un cambio actitudes de cada persona, en función de unos valores superiores como son el Bien Común o el pleno desarrollo de todo el hombre y de todos los hombres (Cf. SRS., 38).

A este cambio de actitud y de mentalidad de cada persona, los cristianos lo llamamos conversión (Cf. Mc. 1, 15; Lc. 13, 35).

Es mediante esta conversión que el hombre se dispone a recibir el perdón de sus pecados y la misericordia divina que le hace creatura nueva en Cristo (Cf. Lc. 15, 11-32; DM., 45).

"Por la acción del Espíritu Santo, la Sangre de Cristo purifica nuestra conciencia de las obras muertas para rendir culto al Dios vivo.", nos decían nuestros Obispos en su Carta Pastoral con motivo de la solemnidad litúrgica de los SS. Apóstoles Pedro y Pablo (29 de junio de 1988).

Por ello, al iniciar la última Semana de Cuaresma, previa a la celebración de la Semana Santa, habría que recordar hoy la invitación que la Iglesia nos hizo el Miércoles de Ceniza: "Conviértete y cree en el Evangelio".

Pero esta "conversión", aunque necesariamente se inicia en el fuero interno de cada persona que se encuentra personalmente con Jesucristo, no se restringe exclusivamente al mismo, sino que necesariamente irradia a todo su alrededor, si ha sido un auténtico encuentro con el Salvador del mundo.

Por ello, nos recuerdan nuestros Obispos:

"Si la Iglesia se hace presente en la defensa y promoción de la dignidad del hombre, lo hace en la línea de su misión, que aún siendo de carácter religioso y no social o político, no puede menos de considerar al hombre en la integridad de su ser (Puebla III, 2)." (Aporte Pastoral: La Constitución garantía de la Libertad y Soberanía Ciudadana. 9 de junio de 1986).

Y, antes las tentaciones que pueden experimentar incluso los Poderes del Estado, nuestros Obispos nos instruyeron en ese mismo Aporte Pastoral:

"La Iglesia ha enseñado siempre que el deber fundamental del poder es la solicitud por el bien común de la sociedad. De aquí derivan sus derechos fundamentales. Precisamente, en base a estas premisas, los derechos de poder no pueden ser entendidos de otro modo más que en base al respeto a los derechos objetivos e inviolables del hombre. El bien común al que la sociedad sirve en el Estado, se realiza plenamente sólo cuando todos los ciudadanos están seguros de sus derechos (Redentor del Hombre, No. 17)."

Y, en aquella ocasión, nos dijeron, además:

"Profesamos, pues, que todo hombre y toda mujer por más insignificantes que parezcan, tienen en sí una nobleza inviolable que ellos mismo y los demás deben respetar sin condiciones; que toda vida humana merece por sí misma, en cualquier circunstancia, su dignificación; que toda convivencia humana tiene que fundamentarse en el bien común, consistente en la realización cada vez más fraterna de la común dignidad, lo cual exige no instrumentalizar a unos a favor de otros y estar dispuestos a sacrificar aún bienes particulares (Puebla, No. 317).

"Condenamos todo menosprecio, reducción o atropello de las personas y de sus derechos inalienables; todo atentado contra la vida humana, desde la oculta en el seno materno, hasta la que se juzga como inútil y la que se está agotando en la ancianidad; toda violación o degradación de la convivencia entre los individuos, los grupos sociales y las naciones (Puebla, No. 318)."

Y, al finalizar ese mismo Aporte Pastoral, nos dijeron nuestros Legítimos Pastores:

"En la cuarta parte del Documento [de Puebla] referente a la Iglesia misionera al servicio de la evangelización en América Latina, al hablar de la acción de la Iglesia por la persona en la sociedad nacional e internacional, expresa claramente los derechos de la persona en la Sociedad Nacional.

"Al respecto Puebla dice:

"‘No. 1270.- El enunciado de los derechos fundamentales de la persona humana hoy y en el futuro, es y será parte indispensable de su misión evangelizadora. Entre otros, la Iglesia proclama la exigencia y realización de los siguientes derechos:

"‘No. 1271.- Derechos individuales: derecho a la vida, (a nacer, a la procreación responsable), a la integridad física y síquica, a la protección legal, a la libertada religiosa, a la libertad de opinión, a la participación en los bienes y servicios, a construir su propio destino, al acceso a la propiedad y a ‘otras formas de dominio privado sobre los bienes exteriores' (G. S. 71).

"‘No. 1273.- Derechos emergentes: derecho a la propia imagen, a la buena fama, a la privacidad, a la información y expresión objetiva, a la objeción de conciencia, ‘con tal que no se violen las justas exigencias del orden público' (D. H. 4), y a una visión propia del mundo.

"‘No. 1274.- Sin embargo, la Iglesia también enseña que el reconocimiento de estos derechos supone y exige siempre ‘en el hombre que los posee otros tantos deberes: unos y otros tienen en la ley natural que los confiere o los impone, su origen, su mantenimiento y vigor indestructibles ( P. T. 28).'"

C.- ASPECTOS JURÍDICO-CANÓNICOS:

No podría, en conciencia, terminar el presente Artículo sin hacer una rememoración a las graves penas de orden jurídico-canónico en las que podrían incurrir los defensores del abominable crimen del aborto, aún disfrazado de pretendidas atenuantes pseudo-humanitarias al denominarlo "terapéutico".

Nos dijeron nuestras "columnas firmes de la Iglesia", desde Bluefieds:

"4. – Constatamos con dolor, el creciente irrespeto a la vida y la impunidad en que queda tanto crimen. No sólo aumenta la violencia por inmorales ambiciones de codicia y poder, sino que incluso se pretende culminar tanto horror mediante la aprobación de Leyes que legalicen el aborto, atentando así contra la vida, el Derecho Humano Fundamental, exterminando a la persona antes de su nacimiento.

"Sobre este crimen, queremos advertir a nuestros fieles, que quien procura el aborto incurre en excomunión ‘ipso facto' (Cán. 1398 CIC).

"Cometen también pecado grave todas las personas que hagan propaganda de medios abortivos y, en forma especial, los Legisladores que presten su voto a cualquier ley que tienda a legalizar este crimen, lo mismo que el Gobernante que sancione dichas leyes.

"Hemos creído un deber de Pastores dar una voz seria y obligante en conciencia. Los Obispos, como sucesores de los Apóstoles, hemos recibido del Señor Jesús el encargo de enseñar a guardar todo lo que El nos ha mandado (cf. Mt. 28,20). Por eso, tenemos la obligación de regular la conducta de nuestros fieles incluso en el plano de lo político.

"En virtud de ello, en Nombre del Señor Jesucristo, condenamos el divorcio entre fe y conducta, como si la moral no fuera parte integrante de la fe. Nadie puede llamarse cristiano y vivir como pagano." (Mensaje de la Conferencia Episcopal de Nicaragua, 10 de noviembre de 1993).

D.- EMPLAZAMIENTOS:

En mi carácter de ciudadano natural de "esta tierra nuestra que aún cree en Jesucristo y reza en español" (Rubén Darío), y como votante en las próximas elecciones Municipales, PÚBLICAMENTE EMPLAZO:

A los Candidatos a Alcalde y demás cargos municipales, especialmente del Municipio de Managua, y a los Representantes de los diversos Partidos Políticos,

Para que claramente se pronuncien si están a favor de la vida, o, si por el contrario, se encaminan a posturas favorecedoras a la muerte, aunque estas se disfracen de ‘Aborto terapéutico". Como cristiano, en conciencia, no puedo votar por un candidato o Partido Político que ofenda mi fe cristiana, ya que "Debo obedecer a Dios antes que a los hombres" (cf. Hechos 4:19).

Espero que todas las Organizaciones que trabajan en pro de los Derechos Humanos en mi País se pronuncien en contra del Proyecto que pretende institucionalizar la negación al Derecho Primordial y Fontal con respecto a los demás: El Derecho a la Vida desde el instante mismo de su concepción en el seno materno.

Tengo confianza en que los millones de conciudadanos, como "hijos pobres, pero honrados" de esta nuestra Nicaragua hagan oír su voz rechazando el Proyecto que pretende despojarlos de lo que ningún capitalista se atrevería a tocar: la propia prole.

Sé que las pocas Damas y Caballeros que existimos en el País, por razones de hidalguía (nobleza obliga), nos opondremos a la pretendida villanía de convertir el bendito seno materno en lugar de carnicería.

Managua, 9 de abril del año 2000.

Dr. Pbro. Ariel Ortega Gasteazoro
Cédula 888-230948-0000R

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