PUERTO RICO 
| Seleccione un país: Argentina |
Población: 3,819, 023 (1996)
FUENTE: CIA World Factbook Por ser un Estado libre asociado de los Estados Unidos, Puerto Rico sigue la misma ley del aborto de ese país. El Tribunal Supremo de los Estados Unidos les prohibe a los Estados impedir el aborto a petición de la gestante por cualquier motivo hasta el momento en que el feto es viable. El propio Tribunal ha definido la viabilidad como el momento a partir del cual el feto "es potencialmente capaz de vivir fuera del útero de la madre, aun por medios artificiales". Después de la viabilidad los Estados pueden prohibir el aborto, excepto en caso de peligro para la vida o salud de la gestante. El Tribunal Supremo definió el término "salud" incluyendo factores físicos, emocionales, psicológicos, familiares, así como la edad de la mujer. Por lo tanto el aborto está permitido por la ley por cualquier motivo soicoeconómico también después de la viabilidad y hasta durante el proceso mismo del nacimiento. Los Estados pueden, si quieren, imponer algunas restricciones al aborto, tales como períodos de espera o el requisito del consentimiento paterno, pero dichas restricciones no pueden constituir un impedimento grave al "derecho" de la mujer al aborto. FUENTES: Fallos "Roe v. Wade", "Doe v. Bolton" (ambos en 1973), Webster v. Reproductive Health Services (1999) y Planned Parenthood of Pennsylvania v. Casey (1992). Todos son fallos del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Conozca a la organización afiliada de Vida Humana Internacional en este país. |
