Nos disponemos a tratar del SIDA en una pareja de cónyuges, dentro del matrimonio y en orden a la procreación, en presencia del test positivo o de la enfermedad declarada de uno de ellos o de ambos en relación al posible contagio recíproco o del hijo.
La infección congénita, cuyo diagnóstico después del nacimiento es siempre tardío, comporta para el niño un riesgo muy elevado de desarrollar la enfermedad con pronóstico infausto a breve plazo. Se trata en su mayoría de contagio transplacentario, aunque se conocen casos de infecciones ligadas exclusivamente con la lactancia al seno materno.
Frente a la actual imposibilidad de curar tal enfermedad, la única intervención que consiste en reducir su incidencia es la prevención.
Una falsa prevención: el aborto
La propuesta de interrumpir la gestación, que nunca es justificada ni éticamente aceptable, ni aun cuando se trata de malformación comprobada, no lo es, con mayor razón, en esta situación en la que en los 2/3 de los casos el feto es sano y no tiene predisposición a contraer la enfermedad. Y por otra parte, ¿qué tipo de prevención es la que se dirige contra el enfermo y no contra la enfermedad?
Las situaciones que pueden configurarse son dos: podemos encontrarnos frente a una pareja en la que sólo uno de los cónyuges esté infectado, o frente a una en la que ambos cónyuges presentan las señales de la enfermedad o sos sus portadores.
Pareja de cónyuges en el sólo uno está infectado
En el primer caso, además del problema de concebir un niño afecto de SIDA, se presenta la necesidad de que evitar el cónyuge sano se contagie, teniendo presente que el riesgo de que una mujer transmita la infección al hombre es muy bajo, siendo más elevado en el caso contrario.
La propuesta, es más, la única propuesta, que se hace a fin preventivo es en este caso el empleo del preservativo, que provocaría la ilusión de un sexo seguro, libre de peligros. De hecho, a la ya sabida ineficacia del condón en términos de anticoncepción (10-15%) se añade la posibilidad de que la partícula viral HIV, al ser 500 veces más pequeña que el espermatozoide, pueda fácilmente filtrarse, aumentando más el porcentaje de contagio.
Estudios hechos sobre sujetos humanos han demostrado, aunque el dato se haya silenciado, que el riesgo de contraer SIDA a pesar del uso del preservativo es por lo menos del 15-16%.
Se deduce de ello que la única actitud realmente preventiva, aunque más comprometida, es la abstención de relaciones sexuales cuando éstas sean portadoras de un contagio.
Esto requiere la educación, a la luz de una visión global de la sexualidad, el autocontrol y el autodominio de los impulsos de carácter sexual, aún en el ámbito conyugal y con un nivel de virtud que puede definirse extraordinario.
Es claro que en el plano subjetivo se requiere una gran virtud y un gran amor entre los cónyuges para realizar lo que objetivamente no contrasta con los fines del matrimonio ya a menudo se requiere aun para otros tipos de enfermedades o situaciones conyugales.
El intento de considerar el uso del preservativo con un fin terapéutico para el SIDA, como uno de los medios anticonceptivos éticamente aceptables en cuanto "necesarios para curar enfermedades del organismo" como se lee en Humanae Vitae, 15, no halla entonces ninguna validez.
De hecho, no sólo el preservativo no es una terapia y no es de seguridad garantizada, sino que además no puede ser considerado tal en razón del principio terapéutico, que exige que un medio pueda emplearse para curar una enfermedad a condición de que no exista otra alternativa: en el caso considerado, como hemos visto, la alternativa existe, aunque requiere un esfuerzo no indiferente para realizarla, y es la abstención de las relaciones sexuales.
Pareja de cónyuges cuando ambos están infectados
El segundo caso considerar es el que nos pone ante una pareja en la que, estando infectados ambos cónyuges, se tiene como única y preponderante necesidad la de evitar una concepción: ¿qué debemos aconsejar?
La única posible medida de profilaxis está representada en este caso por el consejo a la mujer con anticuerpos HIV positivos y a la pareja de aplazar una eventual gestación hasta que los conocimientos científicos sobre la materia sean más precisos.
¿Y qué hacer para evitar la gestación? La propuesta de usar el preservativo con un fin anticonceptivo no es ni científicamente válida ni éticamente aceptable.
Como hemos visto, el porcentaje de fracaso del preservativo usado con fin anticonceptivo es del 10-15%, lo que significa que de 100 parejas que usan el condón 10-15 parejas están "con riesgo" de concebir: por lo tanto, no hay seguridad alguna en su uso.
Aparte del preservativo, la práctica anticonceptiva prevé otros muchos medios anticonceptivos artificiales químicos y mecánicos para evitar una concepción.
Desde un punto de vista ético y católico consideramos necesario, ante todo, recordar brevemente exigencias de lo que se ha definido como procreación responsable.
Se habla de responsabilidad procreadora de los cónyuges cuando éstos han alcanzado una posesión y un dominio de sí mismos de modo que el acto sexual (y, por tanto, una eventual procreación) sea un acto consciente y personal y no sólo un acto que sucede en la persona.
Esto presupone que los cónyuges conozcan la verdad de la unión conyugal y de la procreación y que a ello orienten su propio acto. La verdad del acto conyugal es la expresada en la Humanae Vitae, 12: tal doctrina, muchas veces expuesta por el Magisterio de la Iglesia, se funda en la conexión inescindible que Dios ha querido y que el hombre no puede romper por iniciativa propia, entre los dos significados: el significado unitivo y el significado procreador. Por su íntima estructura, el acto conyugal, a la vez que une con vínculo profundísimo a los esposos, los hace aptos para la generación de nuevas vidas, según leyes inscritas en el mismo ser del hombre y de la mujer. Salvaguardando estos dos aspectos esenciales, unitivo y procreador, el acto conyugal conserva íntegramente el sentido de mutuo y verdadero amor y su ordenación a la altísima vocación del hombre a la paternidad.
Se tiene entonces una actitud responsable en cuanto orientada por y hacia la verdad, y es fruto de una decisión libre si se respeta la totalidad de este acto conyugal, aun plnteándolo con la prevención y en los tiempos que consientan un nacimiento o también que consientan distanciarlo.
En cambio, no es responsable, según la acepción que hemos dado al término, manipular un acto conyugal en su verdad objetiva total y personal, de manera que exprese la sola dimensión psicológico-afectiva y no la procreadora, o bien exprese un hecho biológico-físico y no también la unión afectiva y espiritual.
El acto conyugal comprende, pues, la dimensión unitiva y la dimensión procreadora, dimensiones que entre sí son intrínsecamente interdependientes y no accesoriamente unidas: manipular quiere decir en este caso separar en cada acto el amor de la vida, quiere decir reducir este acto de amor que es personal, y por lo tanto, total, no reconocer la verdad de una realidad y de una norma inscrita en la naturaleza misma de la persona.
Se deduce de ello que mientras la anticoncepción, en cuanto contraria a la verdad personal de los cónyuges, es éticamente inaceptable; la continencia periódica, entendida no sólo como alternativa a la misma anticoncepción, sino también como virtud moral, es consentida a condición de que no se oponga a una visión global y personal de la sexualidad y no comporte el rechazo total de la procreación.
Esto quiere decir que entre la bondad objetiva y la intención subjetiva de los cónyuges debe haber plena correspondencia; es decir, no se puede recurrir a la continencia periódica con una mentalidad anticonceptiva.
En el caso específico del SIDA (hipotéticamente), mientras es éticamente inaceptable el uso del anticonceptivo (condón), se considera lícito que los esposos decidan evitar una concepción recurriendo al uso de los llamados Métodos Naturales o, más propiamente, métodos basados en ritmos biológicos, pero a condición de que en el caso de que sobrevenga una concepción se dé siempre una actitud positiva de aceptación y de acogida de la nueva vida.
¿Qué hacer si la mujer infectada está embarazada?
¿Pero qué se puede hacer si la gestación se encuentra en acto? En este caso se deberá evitar el que surjan complicaciones y en este caso habrá que hacer que el embarazo no termine dramáticamente en aborto.
Esto es posible promoviendo en la pareja y en los familiares una cultura de acogida a la vida que nace, aunque enferma o potencialmente tal, a la luz de una indiscutible verdad: que el feto es un individuo humano desde su concepción, un ser humano personal.
Y este derecho subsiste siempre, aun en la situación tan dolorosa y tan dramática de un feto malformado o contagiado por una enfermedad infecciosa de solución mortal.
Si se acepta esta verdad, se imponen algunas lógicas consecuencias. La primera entre todas es la necesidad de respetar y de amar aquel ser humano aún no nacido, que tiene el derecho fundamental e innato a la vida. Y tal amor debe entenderse como raíz que vivifica y alimenta el mismo respeto: el amor es la actitud que consiente aceptar al otro en cuanto persona, valor en sí y por sí, fin.
En este caso el amor debe ser aún más grande, porque el ser humano aún no nacido se encuentra en una condición de mayor necesidad.
Está claro que un niño enfermo representa para los padres y para la familia un peso no sólo en términos económicos, sino sobre todo psicológicos.
Por ello es necesario que la pareja o la familia toda no sea abandonada, sino ayudada y sostenida en su tarea cotidiana y en la búsqueda de eventuales posibilidades terapéuticas o de asistencia que pueda garantizar una supervivencia digna y humana al que ha de nacer.
NOTA: Este artículo es parte de la ponencia de Mons. Elio Sgreccia presentada en la IV Conferencia Internacional sobre SIDA "Vivir, ¿para qué?" propiciada por el Pontificio Consejo para la Pastoral de los Agentes Sanitarios, celebrada en la Ciudad del Vaticano el 13 noviembre de 1989. Mons. Sgreccia es Director de Bioética de la Universidad Católica del Sagrado Corazón, Facultad de Medicina y Cirugía "A. Gemelli", de Roma.
